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Seguridad vial delito de falsedad

Seguridad vial: Delito de falsedad documental en la sustitución de matrículas de vehículos

El Tribunal Supremo (TS) ha tenido que pronunciarse sobre un asunto bastante concreto pero relevante sobre seguridad vial, ¿qué ocurre cuando alguien cambia la matrícula de su coche por otra que, aunque en su momento fue legal, ya no está permitida? En este caso, el protagonista fue pillado conduciendo en España con una matrícula inglesa que había pertenecido al mismo coche, aunque ya no debía circular aquí con ella porque tenía que llevar la matrícula española.

Tanto el juzgado como la Audiencia Provincial condenaron al conductor por un delito de falsedad documental. La razón es sencilla, ya que, al cambiar la matrícula, aunque sea por otra que identifica ese vehículo, lo que hace es dificultar que la policía y las autoridades puedan identificarlo correctamente, y eso repercute directamente en la seguridad y confianza que deben inspirar los documentos oficiales como las matrículas.

El acusado intentó recurrir diciendo que lo suyo solo sería una infracción leve de tráfico y que, además, ya había pasado el tiempo necesario para que prescribiera el delito. Pero el TS rechaza de plano sus argumentos explicando que manipular una matrícula es algo serio y que constituye, en sí mismo, un delito (no una simple infracción administrativa), especialmente si hay intención de engañar. Además, recuerda que el plazo para que prescriba este delito es de 5 años, no de uno, así que confirma la condena.

En definitiva, el TS deja claro que jugar con las matrículas para engañar o esquivar controles no es ninguna tontería y puede acabar con penas de prisión y multa.

En actuaciones que traigan causa de hechos derivados de la conducción de vehículos a motor, en Dueñas Abogados cotamos con especialistas que se ponen a su disposición para la defensa de sus intereses.

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