Los patinetes eléctricos, fuera de la empresa

Los patinetes eléctricos, fuera de la empresa

Cada vez son más los trabajadores que acuden al trabajo en patinetes eléctricos. ¿Puede negarse la empresa a que entren en las instalaciones?

Los patinetes eléctricos funcionan con baterías que pueden incendiarse o incluso explotar en caso de sobrecarga. Muchas ciudades ya han prohibido la entrada de estos dispositivos en el transporte público, e incluso algunos seguros no cubren los daños que puedan causar. Por ello, es válido que la empresa se niegue a permitir la entrada de patinetes en el edificio o a guardarlos en sus instalaciones.

La empresa puede establecer una política interna que prohíba la entrada, almacenamiento o carga de patinetes eléctricos en sus instalaciones. Esta medida puede incluirse en un reglamento interno elaborado específicamente para estos efectos, en el manual de acogida, en los planes de prevención de riesgos laborales (si se concluye que la carga de estos dispositivos en un almacén o en un sitio cerca de material inflamable supone un peligro) o incluso en los contratos de trabajo.

En caso de que, tras haber introducido y comunicado esta norma, un trabajador la incumpla y guarde o cargue un patinete eléctrico en el centro de trabajo, la empresa podrá sancionarlo por desobediencia a órdenes empresariales (es habitual que este incumplimiento suponga una falta grave, que puede ser sancionada con una suspensión de empleo y sueldo, pero debe consultarse el convenio colectivo aplicable en cada caso).

En Dueñas Abogados le informaremos sobre cualquier duda que tenga sobre las políticas y los reglamentos internos de la empresa en la que trabaja.

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