Derecho de familia

Derecho de familia

Prioridad del interés superior del menor en contextos de conflicto familiar y distancia geográfica.

El Tribunal Supremo (TS) ha decidido que un padre, que en el pasado fue condenado por un episodio de violencia de género, puede compartir la custodia de su hijo con la madre, a pesar de esa condena anterior como derecho de familia. La madre tenía la custodia exclusiva desde que la pareja se separó, pero el padre solicitó cambiar a un sistema de custodia compartida.

La madre recurrió la decisión alegando que la ley no permite la custodia compartida cuando ha habido condenas por violencia de género. Sin embargo, el Tribunal Supremo (TS) ha dejado claro que, en este caso, el padre ya cumplió la pena impuesta y sus antecedentes penales han sido cancelados, tal y como permite el CC art.136 tiene derecho de familia. Además, de que ya han pasado varios años desde los hechos y no se han producido nuevos episodios de violencia ni hay indicios de que el padre tenga una actitud agresiva o peligrosa.

El Tribunal Supremos (TS) también ha valorado que la relación entre el padre y el hijo es muy buena y que el menor ha manifestado su deseo de pasar más tiempo con su padre. Aunque existen diferencias entre los progenitores, estas no afectan al bienestar del niño. Por tanto, el TS considera que, en la situación actual, no hay motivos legales ni de protección del menor que impidan la custodia compartida.

Esta decisión muestra que, una vez cumplida la condena y cancelados los antecedentes, y si no hay nuevos riesgos, la custodia compartida puede ser una opción válida, siempre que sea lo mejor para el menor, conforme a lo dispuesto en el CC art.92.

En situaciones de conflicto entre progenitores en el ejercicio de la patria potestad de la custodia de hijos menores, en un contexto de violencia de género y derecho de familia, nuestros profesionales de Dueñas Abogados sabrán proporcionarle adecuado asesoramiento y defensa de sus intereses y el de sus hijos.

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