Días de libre disposición

Días de libre disposición

Aunque por ley no es obligatorio conceder días de libre disposición, los convenios colectivos y las políticas de empresa suelen regular su disfrute.

En el día a día de las empresas es frecuente que los empleados necesiten ausentarse del trabajo por motivos personales. Los días de libre disposición permiten conciliar la vida personal y laboral, aunque su gestión puede llegar a ser compleja.

Los días de libre disposición –también conocidos como días de asuntos propios– son aquellos días que las personas trabajadoras pueden utilizar a lo largo del año para ausentarse del trabajo sin necesidad de justificar la causa de su ausencia. El objetivo del disfrute de estos días es facilitar el tiempo necesario para realizar las gestiones personales que los trabajadores no pueden efectuar durante su tiempo de descanso semanal.

Dado que la ley no establece nada respecto a este tipo de permisos, en general no es obligatorio que la empresa conceda días de libre disposición a sus trabajadores. No obstante, los días de asuntos propios son habitualmente reconocidos por convenio colectivo o por políticas o acuerdos de empresa. Por tanto, si un empleado solicita su disfrute, la empresa debe consultar siempre qué disponen estos documentos antes de darle una respuesta. Si en dichos documentos se reconoce su disfrute, debe acceder a la solicitud.

La ley no dice nada sobre si los días de libre disposición deben o no recuperarse, por lo que la obligatoriedad o no de que los trabajadores los recuperen dependerá también de lo dispuesto por convenio colectivo o por acuerdos o políticas de empresa. En defecto de regulación por convenio o acuerdo empresarial, la empresa deberá tener en cuenta cuál es la práctica que se viene llevando a cabo con carácter habitual.

Para saber si se deben retribuir dichas ausencias, se deberá también consultar lo dispuesto en convenio o acuerdo colectivo. Si el convenio equipara su disfrute al del resto de permisos retribuidos, existirá la obligación de abonar a los afectados el mismo salario que cobrarían en condiciones normales.

En Dueñas Abogados le informaremos sobre cualquier duda que tenga respecto a los permisos y días de libre disposición.

Posts Relaccionados

Carla-Surez-Mir-popup

Carla Suárez Mir

Graduada en Derecho en la Universitat Oberta de Catalunya.

Pol-popup

Pol Izquierdo i Solanas

Graduado en Derecho en la Universidad Pompeu Fabra.

Elena Dueñas Abogados - Despacho de Abogados en Barcelona

Elena Rincón Lao

Graduada en Derecho con máster especializado en Derecho Penal.

Andrea Dueñas Abogados - Despacho de Abogados en Barcelona

Andrea Velasco Reniu

Graduada en Derecho y Administración y Dirección de Empresas. Máster en Derecho Laboral y de la Seguridad Social.

Maria Dueñas Abogados - Despacho de Abogados en Barcelona

María Gracia Moegle

Graduada en Derecho con máster especializado en Derecho Civil y de Familia.

Laura Dueñas Abogados - Despacho de Abogados en Barcelona

Laura Guardiola Artigas

Graduada en Derecho y Máster Universitario en Abogacía y Procura.

Itzel Dueñas Abogados - Despacho de Abogados en Barcelona

Itzel Torres Vázquez

Graduada en Diseño Industrial y Máster en Diseño Web Multidispositivo UX/UI

Carla Dueñas Abogados - Despacho de Abogados en Barcelona

Carla Suarez Nat

Licenciada en Derecho

Fermin Dueñas Abogados - Despacho de Abogados en Barcelona

Fermin Dueñas Benito

Licenciado en Derecho UB.

Ivan Dueñas Abogados - Despacho de Abogados en Barcelona

Iván Dueñas Romero

Licenciado en Derecho UB Máster en Derecho Civil Catalán

Ir al contenido